Desde el 1 de julio de 2026, quien trabaja en su día de descanso obligatorio tiene derecho a un recargo del 90 % sobre su salario ordinario, en proporción a las horas laboradas. El 1 de julio de 2027 ese recargo llega al 100 %.
Lo establece el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 14 de la Ley 2466 de 2025. La subida es escalonada: 80 % desde julio de 2025, 90 % desde julio de 2026 y 100 % desde julio de 2027. El empleador puede pagar desde ya el 100 %; lo que no puede es pagar menos del porcentaje vigente.
El recargo se suma, no reemplaza
La norma dice que se paga "sin perjuicio del salario ordinario a que tenga derecho el trabajador por haber laborado la semana completa". No se descuenta de lo que usted ya gana.
¿Domingo o festivo?
La reforma habla de "día de descanso obligatorio". Por regla general es el domingo, pero empleador y trabajador pueden pactar por escrito otro día. Si el contrato no dice nada, se presume que es el domingo.
Ocasional o habitual
Si en el mes trabaja hasta dos días de descanso obligatorio, el trabajo es ocasional; si son tres o más, es habitual. La diferencia importa:
Si es ocasional, usted escoge entre un descanso compensatorio remunerado o la retribución en dinero (art. 180 CST).
Si es habitual, tiene derecho al descanso compensatorio remunerado, además del pago en dinero (art. 181 CST).
Qué hacer si no se lo pagan
Revise su desprendible de nómina: el recargo debe aparecer. Si no aparece, reclámelo por escrito. Las acciones por derechos laborales prescriben en tres años, contados desde que la obligación se hizo exigible (art. 488 CST, modificado por el art. 62 de la Ley 2466 de 2025). El reclamo escrito sobre un derecho determinado interrumpe la prescripción por una sola vez, y el plazo vuelve a empezar desde ese reclamo (art. 489 CST).
Cada caso tiene sus particularidades. Si tiene dudas sobre cómo le liquidan los domingos y festivos, agende una consulta o escríbame por WhatsApp.
Sobre la autora. Kelia Álvarez López es abogada litigante con más de 23 años de ejercicio, magíster en Derecho con énfasis en Derecho Laboral y de la Seguridad Social, especialista en Derecho Constitucional, Laboral y Relaciones Industriales y columnista jurídica en prensa escrita. Atiende en Barranquilla y en toda Colombia.